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En México, la administración y aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZFMT) y los Terrenos Ganados al Mar (TGM) están regulados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y existen dos mecanismos principales para el uso de estos bienes nacionales: los Acuerdos de Destino y las Concesiones.
Los Acuerdos de Destino
Los Acuerdos de Destino (AdD) son autorizaciones otorgadas por la SEMARNAT a dependencias y entidades de la administración pública federal para el uso y aprovechamiento de superficies de la ZFMT y TGM. Estos acuerdos permiten que las dependencias federales utilicen estas áreas para cumplir con sus funciones y objetivos institucionales.
El Procedimiento para Solicitar un Acuerdo de Destino considera lo siguiente:
• Solicitud Formal, la dependencia interesada debe presentar una solicitud escrita dirigida a la SEMARNAT, especificando el uso previsto de la superficie solicitada.
• Plano Topográfico: Delimitación precisa de la superficie solicitada.
• Justificación Técnica: Explicación detallada del uso propuesto y su congruencia con las funciones de la dependencia.
• Estudio de Impacto Ambiental: Si el uso propuesto lo requiere, conforme a la normativa ambiental vigente.
Posteriormente la SEMARNAT, analizará la solicitud, verificando la congruencia del uso propuesto con las atribuciones de la dependencia y el cumplimiento de la normativa ambiental.
Si la evaluación de la solicitud es favorable, la SEMARNAT emitirá el Acuerdo de Destino, estableciendo las condiciones y términos para el uso de la superficie.
Concesiones de Zona Federal y Terrenos Ganados al Mar para Particulares
Las concesiones son títulos otorgados por la SEMARNAT a personas físicas o morales, que les confieren el derecho de usar y aprovechar bienes nacionales, es decir una superficie de la ZFMT o TGM. Estas concesiones son comunes para protección, actividades turísticas, comerciales, acuícolas, entre otras.
El Procedimiento para Solicitar una Concesión considera lo siguiente:
• Solicitud Formal: El interesado debe presentar la solicitud utilizando el Formato Único de Trámites de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
• Copia de Identificación Oficial: Para personas físicas. Para personas morales, acta constitutiva y poder del representante legal.
• Plano Topográfico: Delimitación precisa de la superficie solicitada.
• Mínimo cuatro fotografía recientes del área
• Proyecto de Uso: Descripción detallada del proyecto que se pretende desarrollar.
• Estudio de Impacto Ambiental: Si la actividad propuesta lo requiere, conforme a la normativa ambiental vigente.
• Pago de Derechos: Se debe realizar el pago correspondiente por la recepción y estudio de la solicitud.
Referencias:
Ley General de Bienes Nacionales
Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar
Norma Oficial Mexicana NOM-146-SEMARNAT-2017
SEMARNAT/ Concesión de zona federal marítimo terrestre.